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La Situación de los Observadores Electorales como Defensores de Derechos Humanos

El pasado 27 de octubre, Mary Lawlor, Relatora Especial sobre la situación de los Defensores de los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, emitió una declaración conjunta con Clément Nyaletossi Voule, Relator Especial sobre la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación de la ONU, al respecto de la situación de los observadores electorales nacionales e internacionales como defensores de derechos humanos. La declaración sienta un precedente importante en el reconocimiento internacional del trabajo de los observadores y las observadoras electorales que desde hace años desarrollan una labor cada vez más especializada y profesionalizada, orientada a mejorar la integridad de los procesos electorales a nivel global. Ante los retos que enfrenta la figura de la observación electoral en algunos países del mundo, emitieron un comunicado que transcribimos en su totalidad a continuación:


GINEBRA (27 de octubre de 2022) – Hoy se celebra el 17° aniversario de la Declaración de Principios para la Observación Electoral Internacional y este año también marca el 10° aniversario de la Declaración de Principios Globales para la Observación y Monitoreo Electoral No Partidista del 3 de abril de 2012. Deseamos enfatizar que los observadores electorales son defensores de los derechos humanos y actores de la sociedad civil. Por lo tanto, los Estados deben permitir la observación independiente e imparcial de las elecciones por parte de todos los observadores, incluso provenientes del extranjero.

En todo el mundo, las condiciones en las que se llevan a cabo elecciones democráticas se han vuelto cada vez más difíciles. Las campañas de desinformación, la retórica dura e incluso la violencia se han dirigido al amplio espectro de actores que participa en los procesos electorales, desde candidatos y partidos políticos, hasta funcionarios y observadores electorales.

Los observadores electorales tanto nacionales como internacionales han reportado un aumento significativo en la gravedad y la escala de los ataques contra ellos, que van desde el acoso, las acusaciones falsas, la difamación y las amenazas; a la vulneración de su derecho a la libre circulación, detención, expulsión y violencia física. Algunos incluso han sido asesinados mientras realizaban su trabajo. En varios casos, el hostigamiento, las agresiones y los asesinatos han sido perpetrados por miembros de los servicios de seguridad del Estado.

Estos ataques, que pueden tener como objetivo disuadir o tomar represalias contra los observadores electorales, crean un ambiente de incertidumbre e inseguridad que socava el trabajo legítimo y los hallazgos de los observadores, afecta su capacidad para realizar su trabajo y amenaza su seguridad física.

El trabajo de los observadores electorales, que pueden ser considerados defensores de los derechos humanos en circunstancias específicas y si se enfrentan a violaciones, se centra en los derechos civiles y políticos, incluidos los derechos de sufragio activo y pasivo, los derechos a la afiliación política y la libertad de expresión y asociación, el derecho de acceso a la información, a la libertad de los medios de comunicación y de expresión, a la reunión pacífica, la circulación, la seguridad de las personas y la igual protección de la ley para los votantes potenciales y quienes buscan ser elegidos, así como el acceso a recursos efectivos cuando se vulneren los derechos conexos electorales. Por lo tanto, aprovechamos esta oportunidad para recordar a los Estados miembros su responsabilidad, en el marco del derecho internacional, de promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales, para garantizar que todas las personas bajo su jurisdicción puedan acceder y disfrutar de esos derechos y libertades en práctica, habilitar y proteger el espacio cívico, y reconocer que en el contexto de los procesos electorales, los observadores electorales nacionales e internacionales, quienes son defensores de derechos humanos y actores de la sociedad civil, tienen derecho a esta protección.

Se insta a los Estados Miembros a tomar todas las medidas necesarias para establecer las condiciones que permitan a los observadores electorales nacionales e internacionales realizar su trabajo de manera efectiva y protegerlos de cualquier violencia, amenaza, represalia, discriminación adversa, presión o cualquier otra acción arbitraria como consecuencia del ejercicio legítimo de sus derechos y libertades.[1]

Continuaremos trabajando en la recopilación de información e informes sobre los desafíos que enfrentan los observadores electorales nacionales e internacionales en el desempeño de su trabajo.

Los expertos: Clément Nyaletossi Voule, Special Rapporteur on the rights to freedom of peaceful assembly and of association; Mary LawlorSpecial Rapporteur on the situation of human rights defenders

Fuente original: https://srdefenders.org/information/the-situation-of-election-observers-as-human-rights-defenders%ef%bf%bc/


[1] Comisión de Derechos Humanos, Resolución 2000/61, Human Rights Defenders, 26 de abril de 2000 (A/HRC/RES/5/1).

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