Opinión

Balance legislativo de 2025 en Cuba: más normas y burocracia, pero menos derechos

Raudiel F. Peña Barrios

El año legislativo de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y el Consejo de Estado (CE) cubanos terminará con una impresión difícil de ignorar: se aprobaron más leyes y decretos leyes, pero no avanzó la protección de los derechos humanos. Aunque falta la sesión de cierre de año de la ANPP, lo más probable es que no cambie esta realidad. Incluso, ambos órganos han demostrado varias veces su incapacidad para cumplir con el cronograma legislativo aprobado por la ANPP. Este se modifica con habitualidad para ajustar su cumplimiento a los intereses de las autoridades.

El objetivo de este artículo es ofrecer un balance crítico de la actividad legislativa de la ANPP y el CE durante el 2025, con énfasis en las normas más cuestionadas por su impacto sobre los derechos humanos y el contexto político alrededor de su aprobación. Entre las leyes y los decretos-leyes adoptados y la reforma constitucional modificativa de la edad requerida para ejercer la presidencia de la República, el panorama refleja un proceso normativo cada vez más acelerado, pero también más restrictivo.

Una de las leyes aprobadas por la ANPP cuyo contenido generó más debates fue el nuevo Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes, aprobado en julio de 2025. Si bien es cierto que se utiliza un lenguaje centrado en derechos, inclusión y autonomía progresiva, también se preservan intactas las lógicas de control ideológico del Estado. El sistema se orienta a la formación de valores socialistas y excluye la pluralidad política y cualquier alternativa de pensamiento a la ideología oficial. 

Aunque el Estado mantiene la prestación de servicios educativos gratuitos, cada vez más afectados en su calidad, conserva el monopolio absoluto sobre su diseño y gestión, lo que impide la existencia de proyectos educativos independientes. Asimismo, la participación juvenil se limita a organizaciones estudiantiles y juveniles controladas por el Estado y el Partido Comunista de Cuba (PCC), de modo que la expresión autónoma de niños, adolescentes y jóvenes se restringe a estructuras oficiales alineadas con el PCC.

La ANPP también aprobó la Ley del Registro Civil, que por primera vez reconoce en la legislación cubana el derecho a la autodeterminación de género al permitir el cambio de sexo en documentos oficiales sin requerir cirugía ni sentencia judicial. No obstante, persisten importantes limitaciones, entre ellas la falta de reconocimiento legal de identidades no binarias y el mantenimiento de un fuerte control estatal ejercido mediante el Centro Nacional de Educación Sexual (CENESEX), lo que restringe el pleno respeto de los derechos de la comunidad LGBTIQ+. 

De igual forma, la ANPP aprobó la Ley del Sistema Deportivo Cubano y la del Régimen General de Contravenciones y Sanciones Administrativas. Sin profundizar en el contenido de ambas, lo más destacable es que sus contenidos mantienen una lógica centralizadora y con énfasis en la disciplina social, el control estatal y la subordinación ideológica al proyecto oficialista. Una evidencia de ello es el uso del derecho administrativo sancionador para reprimir a opositores políticos, activistas por los derechos humanos y periodistas independientes, entre otros actores de la sociedad civil.

En cuanto al CE, los decretos leyes aprobados en febrero de 2025 no tienen especial relevancia para los derechos humanos, por lo que sus contenidos se enfocaron en cuestiones burocráticas y comerciales, algunas de ellas alejadas de los intereses y preocupaciones más acuciantes del ciudadano cubano promedio. Uno pretende la simplificación e integración de los trámites administrativos para modernizar, integrar e informatizar los procesos administrativos, mejorar la coordinación interinstitucional y hacer más eficiente la gestión pública. El segundo, regula el uso pacífico y seguro de la energía nuclear y el tercero se relaciona con la protección de marcas y nombres comerciales mediante derechos de propiedad industrial.

No obstante, ningún hecho legislativo provocó tanta atención como la reforma constitucional que modificó la edad mínima para aspirar a la presidencia de la República. La rapidez del proceso, la ausencia de una explicación convincente y el contexto político en el que se realizó dieron lugar a múltiples interpretaciones. Para algunos, es un movimiento orientado a permitir el ascenso de determinados actores políticos. Para otros, confirma el uso instrumental de la Constitución, según las necesidades coyunturales de la élite gobernante. En cualquier caso, la reforma relanzó un debate esencial: ¿quién define las reglas del juego político en Cuba, con qué transparencia y bajo qué controles? Sea cual sea la respuesta a esta pregunta, es claro que no son la ANPP y el CE.

El balance legislativo de 2025 ratifica una tendencia: en Cuba, el derecho no funciona como un límite al poder, sino como un recurso para su defensa y preservación ilimitada. La producción normativa de la ANPP y el CE ha crecido sostenidamente desde la reforma constitucional de 2019, pero sin una orientación democrática. Ambos órganos operan como notarías dedicadas a legalizar la voluntad política de la élite postotalitaria cubana. Dicho de otra forma: al Estado socialista de derecho cubano le interesa regular con mecanismos de control y represión reconocidos constitucional y legalmente, no emplear el derecho como una herramienta democratizadora.

En un contexto de crisis política, económica y social profunda, migración masiva y desconfianza generalizada, Cuba necesitaba leyes y otras disposiciones normativas que protejan y amplíen el disfrute de los derechos humanos, abran espacios de empoderamiento ciudadano y creen instituciones democráticas. En su lugar, la ANPP y el CE se dedicaron a crear un marco jurídico más robusto para el Estado y más rígido para la sociedad. Si algo demuestra la actividad legislativa de 2025 es que el problema fundamental no es la cantidad de normas, sino sus objetivos; preservar el statu quo al costo que sea necesario.

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