Se ratificó el entendimiento en respuesta a una consulta sobre la posibilidad de posponer el plazo para la transferencia del domicilio electoral.

En la sesión administrativa de este martes (12), el Plenario del Tribunal Superior Electoral (TSE) respondió negativamente a una consulta formulada por la diputada federal Clarissa Garotinho (Pros-RJ) sobre la posibilidad de posponer la fecha límite para la transferencia del domicilio electoral a competir en las elecciones de 2020. Por unanimidad, la Junta siguió el voto del relator, el ministro Og Fernandes. Según el ministro, no corresponde al TSE cambiar los plazos establecidos por la legislación electoral, como es el caso del anticipo de seis meses para la transferencia del domicilio electoral de los candidatos, previsto en el artículo 9 de la Ley 9.504 / 1997 (Ley de Elecciones).

Según los términos de la consulta, la medida estaría justificada por la suspensión del servicio presencial al público en los registros electorales, una medida adoptada por la Justicia Electoral (JE) debido a la pandemia causada por el nuevo coronavirus (responsable del covid-19).

En su votación, el relator argumentó que el régimen de servicio extraordinario de la Justicia Electoral, vigente desde el 19 de marzo, mantuvo todos los plazos previstos en el Calendario Electoral 2020, asegurando la normalidad de las elecciones de este año. También señaló que JE proporcionó medios para que el proceso de transferencia de domicilio electoral, entre otros servicios, se llevara a cabo a través de Internet, extraordinariamente, sin la necesidad de asistir al registro electoral.

 

Extraído de Tribunal Superior Eleitoral