De acuerdo con el Calendario electoral para los comicios del 7 de marzo, el miércoles 3 de marzo concluye la difusión de propaganda proselitista, tanto en actos públicos de campaña como en medios de comunicación.
Desde esa fecha, las organizaciones políticas y agrupaciones ciudadanas ya no podrán difundir ningún tipo de mensaje que dirija la intención de voto.
Se podrá difundir propaganda electoral en actos públicos de campaña hasta el miércoles 3 de marzo de 2021, en función al artículo 116 de la Ley 026 de Régimen Electoral.
El calendario electoral también señala que se difundirá propaganda electoral en medios de comunicación hasta el miércoles 3 de marzo de 2021.
Sanciones y restricciones
La norma electoral señala que la difusión de propaganda electoral fuera del plazo establecido dará lugar a la “suspensión inmediata de la propaganda y a sanciones económicas, tanto a la organización política o alianza que la contrató como al medio de comunicación que la difundió”.
La ley agrega que se dispondrá “una multa equivalente, en ambos casos, al doble de la tarifa promedio inscrita por el medio ante el Órgano Electoral, además de la inhabilitación al medio de comunicación de difundir propaganda en el siguiente proceso electoral”.
Extraído de Fuente Directiva – OEP