El papel que cumplen los organismos administrativos electorales a la hora de salvaguardar los procesos comiciales, en todas sus etapas, y lograr que resulten exitosos en términos de los intereses de la democracia que enfrenta el reto de dar continuidad a la institucionalidad y gobernabilidad en medio de la crisis sanitaria.

Desde su definición procedimental, la democracia es vista como un conjunto de reglas que permiten la formación de gobiernos y la toma de decisiones, que afectan la vida en sociedad. Esta idea ganó fuerza, sobre todo, en la posguerra, ya que los autores de la época comenzaron a desafiar las concepciones hasta entonces dominantes en el siglo XVIII.

En ese momento, la preocupación por las cualidades del régimen quedó fuera. Los estudiosos del tema comenzaron entonces a destacar las condiciones reales de su existencia. Estos son la limitada participación de los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones, la diversidad cultural y la importancia de la burocracia, que han ganado más protagonismo en los debates teóricos.

Desde este punto de vista, la idea de democracia ya no se apoyaba en la defensa de la participación de todos los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones, sino en la participación de todos en la elección de quienes debían tomar decisiones. En la definición procedimental, las elecciones de representantes políticos se habían convertido en el punto central de la teoría democrática. El individuo había conquistado el poder de decidir a través de una lucha competitiva, por los votos del elector[1].

Y más tarde, esta visión había sido perfeccionada por los minimalistas, que abogaban por criterios mínimos para clasificar un régimen como democrático, en oposición a los definidos como autocráticos[2]. En los regímenes autocráticos, un solo individuo o grupo de personas puede satisfacer sus intereses, mientras que en las democracias se da un juego de suma positiva, en el que todos tendrán, en algún momento, la posibilidad de tener sus intereses satisfechos, siendo este el modelo ideal a alcanzar[3].

En términos prácticos, lo que se vio a principios del siglo XX con el surgimiento de organizaciones internacionales centradas en el mantenimiento de la paz en el mundo, fue la adopción de la democracia por parte de diferentes gobiernos, especialmente en Occidente. Este movimiento originó un régimen democrático internacional, con influencia en la agenda política global y en la creación de normas. Esta función normativa, ha permitido a los gobiernos de los países que forman parte del régimen democrático internacional impulsar temas de interés para ellos, más allá de sus fronteras[4].

El régimen democrático internacional se mimetiza con las prácticas democráticas llevadas a cabo en los países. Él cuenta en su estructura con organizaciones no gubernamentales (ONG), ciudadanos, sociedad civil organizada, organizaciones transnacionales, organizaciones internacionales y jurídicas, entre otros actores en la promoción de un tipo específico de gobernanza.

En el caso de las democracias contemporáneas, cuyo elemento central son las elecciones, la gobernanza electoral asume un papel mayor que el meramente administrativo. Ella es parte de un ciclo continuo en el que los actores[5] operan en diferentes etapas del proceso electoral.

Desde esta perspectiva, el proceso electoral involucra a una amplia gama de actores, normas y autoridades. Y para que el modelo de gobernanza adoptado se considere satisfactorio, debe cumplir con tres etapas diferentes: creación de organismos reguladores y estándares, implementación de estándares y resolución de disputas. La visión desde estas tres áreas permite un mejor análisis de las múltiples etapas presentes en una elección y, muestra cómo la democracia va más allá de la sistematización de las cabinas de votación y la emisión de papeletas[6].

El estudio de la gobernanza electoral también tiene dos enfoques principales: uno enfatiza a los organismos electorales como una institución de gobernanza. El otro, pone en foco las múltiples etapas de las elecciones y la relación entre los órganos subnacionales, que forman parte del sistema electoral, incluidos los de la administración pública y judicial. Bajo los ojos de autores que se centran en el tema de la gobernanza, la administración electoral tiene un papel relevante en el proceso de democratización. Esto se debe a que son estos organismos independientes los que aseguran las elecciones de acuerdo con las normas establecidas por el régimen democrático internacional[7]. En general, tienen el papel principal de garantizar que las elecciones se lleven a cabo como se espera, por parte de los ciudadanos y de la mirada internacional[8].

Desde el punto de vista que ilustra las múltiples etapas de la elección, el órgano de administración electoral tiene la función de mantener la integridad del proceso electoral, que, a su vez, debe ser imparcial en la resolución de controversias[9]. Y ahí es donde entran en juego los órganos subnacionales, que cumplen un papel estratégico, por ejemplo, en la designación de juntas locales y la convocatoria de funcionarios y autoridades judiciales.

Son los garantes de la integridad electoral antes del día de las elecciones, el día de la votación y el conteo. Por lo tanto, sin la organización y la administración adecuadas del proceso electoral, una democracia no puede prosperar. Esto se debe a que, es el órgano de administración electoral, responsable de asegurar la participación de todos los partidos políticos, promover la transparencia en todas las etapas del proceso electoral, promover la difusión de información y educación cívica a los electores, entre otras atribuciones.

En una elección, la aplicación de las reglas implica la participación de órganos administrativos, partidos políticos y ciudadanos. Por ejemplo, en Brasil, son formulados por el Congreso Federal y las legislaturas estatales. Estas dos cadenas normativas están vinculadas a las decisiones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), que es parte del régimen internacional democrático. El país tiene dos niveles de gobierno: nacional, para elecciones federales y, subnacional, para otras elecciones. Y esto hay que decirlo, para diferenciar las elecciones de la gobernabilidad, ya que el primero es un ciclo, que comienza con la convocatoria del proceso electoral y termina con la declaración de resultados, mientras que, el segundo, es un proceso en circuito, diseñado de diferentes maneras[10].

Una vez presentada la relevancia de las elecciones como un elemento central de las democracias y la buena gobernanza electoral, la pregunta ahora es: ¿Cómo podría un órgano de administración electoral hacer frente a los desafíos impuestos por la pandemia de Covid-19, sin perjuicio de la integridad electoral?

Para responder a esta pregunta, el ensayo ahora comienza a analizar las elecciones suplementarias celebradas en Petrolândia, Santa Catarina, Brasil, el 13 de junio de 2021. La elección fue seleccionada debido a la exitosa gestión de los órganos electorales subnacionales, en la organización y administración de elecciones en un contexto de pandemia, a través de la creación de un protocolo especial para la ocasión.

A nivel nacional, el Tribunal Superior Electoral (TSE) emitió recomendaciones con miras a salvaguardar la realización de los procesos electorales esperados, incluyendo la necesidad de realizar ajustes en el calendario electoral, según la Enmienda Constitucional N° 107/2020[11]. Además, el TSE elaboró un documento con protocolos, medidas y recomendaciones para las elecciones municipales, que se realizaron en el contexto de la pandemia, denominado Plan de Seguridad Sanitaria para las Elecciones Municipales 2020 (o Plan de Seguridad Sanitaria)[12].

El Plan tenía como principal preocupación la preservación de la salud, el bienestar y la seguridad de todos los actores involucrados en este proceso electoral. Su enfoque fue específicamente el día de las elecciones, a pesar de que había medidas relacionadas con las convenciones de los partidos, las campañas electorales y la supervisión.   También se observan en este plan, recomendaciones sobre el desempeño de Polícia Militar y empleados de Justicia E-reader, como técnicos y responsables del transporte de las urnas. El documento se centra principalmente en la indicación de normas y recomendaciones dirigidas a los votantes y a los medios históricos[13].

Además, la dependencia desarrolló otros lineamientos para asegurar la participación de los electores en procesos complementarios, como la Resolución N° 23.637/2021[14]. Esta norma suspende los castigos previstos en el artículo 7 del Código Electoral[15], a los electores que dejaron de votar en las elecciones municipales de 2020 y que no presentaron justificación o no pagaron la multa, debido a la pandemia del Covid-19.

A nivel local, el Pleno del Tribunal Electoral Regional (Tresc) prevé la Resolución N° 8.029/2021[16], en la que estipuló las instrucciones para la elección del nuevo alcalde y vicealcalde de Petrolândia. Estas elecciones siguieron medidas nacionales de la Justicia Electoral, en el estado de Santa Catarina. Las medidas a nivel estatal figuran en el Cuadro I:

Cuadro I – Medidas para prevención y contagio al nuevo coronavirus en el estado de Santa Catarina, para las elecciones suplementares de Petrolândia, 2021

Medir Resumen
Resolución Estatal N° 8.014/2020 Establece la atención remota de emergencia al votante para mitigar los riesgos derivados de la enfermedad covid-19.
Resolución Estatal N° 8.020/2020 Regula el uso de herramientas electrónicas para llamar a los electores a actuar en las elecciones como miembros de la mesa receptora de votos y/o justificaciones, auxiliares del tribunal electoral, escrutadores y otras funciones de apoyo logístico.
Ordenanza Departamento Estatal de Salud (SES) de Santa Catarina Nº 824/2020 Criterios de seguridad sanitaria para la celebración de eventos relacionados con las elecciones de 2020, en el primer y segundo turno.
Nota Técnica del Centro de Operaciones de Emergencia y Salud & SES de Santa Catarina Nº 16/2020 Criterios sanitarios para la celebración de convenciones partidarias para las elecciones de 2020 durante la pandemia de Covid-19.
Resolución Estatal N° 8.029/2021 Establece instrucciones para la celebración de nuevas elecciones a los cargos de alcalde y vicealcalde en el Municipio de Petrolândia (39ª Zona Electoral/Ituporanga) y aprueba el Calendario Electoral respectivo.

Fuente: TRESC, 2021.

Las medidas establecidas a nivel estatal abarcaron: procedimientos de teleasistencia a los electores, pendientes en el Tribunal Electoral; uso de dispositivos electrónicos en la convocatoria de los miembros de la mesa; procedimientos operativos que respeten las normas de seguridad sanitaria a nivel nacional y de otro tipo.

En cuanto a las medidas adoptadas el día de la decisión, también siguieron las recomendaciones del Plan de Seguridad Sanitaria, y se resumieron en el Cuadro II:

Cuadro II – Criterios de seguridad sanitaria aplicados durante las elecciones parciales de Petrolandia,2021

Criterio Medir
I Uso de mascarilla requerido por todas las personas.
II Proporcione un 70% de alcohol (setenta por ciento) para la higiene de las manos.
III Mantener distancia interpersonal de 1,5 metros (un metros y medio).
IV Es obligatorio desinfectar las manos con alcohol al 70% por parte de quienes distribuyen y reciben el material impreso.
V Realizar procedimientos que aseguren la limpieza continua de espacios cerrados, intensificando la limpieza de áreas y superficies con alcohol al 70% o preparaciones antisépticas o desinfectantes de efecto similar.
VI Evite el contacto físico con otras personas, como abrazos y apretones de manos.
VII Priorizar el cuidado de los votantes mayores de 60 (sesenta) años.
VIII Limite la estadía en los lugares de votación solo al tiempo suficiente para votar.
IX En los centros de votación, no está permitido alimentarse, beber o realizar cualquier otra actividad que requiera la retirada de la mascarilla.
X Intensificar la higiene de utensilios y equipos con 70% de alcohol, preparaciones antisépticas o desinfectantes de efecto similar, en bolígrafos, mesas, manijas de puertas, pasamanos, interruptores e inodoros.
XI Mantenga los lavabos e inodoros equipados con jabón líquido, toalla desechable, alcohol al 70% o preparaciones antisépticas de efecto similar y contenedores de reciclaje con cubierta de accionamiento.
XII Prohibir la aglomeración de personas, ya sea en los lugares de votación o en las áreas cercanas a ellos.

Fuente: Plan de Seguridad Sanitaria y Nota Técnica COES/SES/SC Nº 16/2020.

Como se puede observar, los organismos de la administración electoral nacional y estatal fueron protagonistas en la salvaguarda del proceso electoral en todas sus etapas.

De la forma en que se muestra en la literatura presentada, los tribunales electorales aquí descriptos fueron los encargados de garantizar la celebración ordenada de las elecciones. También tuvo lugar, principalmente, porque se votó de manera complementaria, en medio de una pandemia, en un momento en que las preguntas a la integridad de las urnas electrónicas por parte de los miembros del poder público eran recurrentes a través de la Propuesta de Enmienda a la Constitución (PEC) 135/19[17].

Ante la situación en la que se produjo, se puede argumentar que este proceso tuvo una etapa en un momento oportuno, ya que contribuye al fortalecimiento de la imagen de las instituciones electorales, ante la opinión pública nacional e internacional.

Además, con la finalidad de dar mayor transparencia al evento, el Tresc sostuvo un convenio de cooperación electoral con Transparencia Electoral Latinoamericana[18], organización de la sociedad civil organizada, de carácter internacional, y la Conferencia Americana de Organismos Electorales Subnacionales (Oeste)[19], para enviar observadores nacionales e internacionales el día de la elección. Si bien los     observadores tienen como misión la observación de aspectos técnicos, especialmente los relacionados con el día de la votación, también pueden contribuir a informar a los actores del régimen democrático internacional, que se realizó una elección acorde a lo esperado.

Por tanto, en un momento en que se cuestionaba la integridad de las elecciones en territorio nacional, los observadores atestiguan ante otros gobiernos democráticos que se siguieron las normas internacionales, en este proceso suplementar, en particular.  Además de hacer íntegras todas las múltiples etapas de la elección, ante el público brasileño.

Ya en relación con los protocolos adoptados el día de la elección, por las autoridades electorales, los observadores registraron lo siguiente, según el Cuadro III:

Cuadro III – Protocolos sanitarios realizados el día de las elecciones en Petrolândia, 2021

Área Protocolo
Viaje Adopción de horarios exclusivos para mayores de 65años.
Reducción de la circulación innecesaria de votantes.
Adecuación de la cantidad de transporte público requerido.
Centros de votación Infraestructura adecuada con distanciamiento físico y ventilación.
Accesos y salidas que permiten el flujo unidireccional.
Señalización y organización de desplazamientos dentro y fuera de los colegios electorales.
Desinfección de los centros de votación.
Promoción de la higiene respiratoria.
Uso obligatorio demascarilla.
Prohibición de entrada sinmascarilla.
Promoción de la higiene de manos.
Respeto a la máxima capacidad de personas dentro de los espacios comunes.
Apoyo de las fuerzas de seguridad para evitar aglomeraciones fuera de los colegios electorales.
Colegios electorales Instalación de mesas en espacios abiertos y semiabiernos.
Distancia adecuada entre los colegios electorales en los colegios electorales.
Desinfección frecuente de materiales y cabinas de votación.
Funcionarios electorales Provisión dekits sanitarios.
Nombramiento de una persona responsable del centro electoral para la verificación del cumplimiento de los protocolos.
Escrutinio Respeto aldistanciamiento físico.
Reducción de la circulación de materiales estrictamente necesarios.
Transmisión y grabación en vivo.
Respeto a los protocolos de transporte y traslado de materiales.

Fuente: Caoeste,2021.[20]

Como se puede observar, el día de las elecciones, los protocolos se concentraron en los centros de votación, ya que eran los lugares con mayor circulación de personas y, donde más contagios o más probabilidad de personas contagiadas podían ocurrir.

En este sentido, una vez más los observadores pudieron señalar a la comunidad internacional que esta elección cumplió con lo que se ha hecho en otros países que también celebraron elecciones en medio de la pandemia.

Por lo tanto, vale la pena recordar que la definición minimalista de democracia tiene su elemento central en las elecciones. Es a través del voto en elecciones libres, justas e íntegras que los individuos eligen a sus líderes. Así, el papel que desempeñan los órganos de la administración electoral es fundamental para el éxito de las elecciones, en general, y más aún para la estabilidad de la democracia. Por lo tanto, hemos tratado aquí de presentar brevemente la teoría democrática que sustenta este argumento y de introducir el ejemplo de las elecciones complementarias celebradas en Petrolândia.

El caso de Petrolândia fue elegido, sobre todo, porque fue un proceso electoral llevado a cabo en medio de una pandemia, lo que obligó a la adecuación de una serie de ritos administrativos, para que este evento se llevara a cabo.  Además, era una época en la que el voto electrónico – una práctica que se consolida desde hace más de 20 años– había sido cuestionado en el Parlamento.

A lo largo del texto se presentaron los principales lineamientos adoptados por el órgano de administración electoral de Santa Catarina, en su mayoría aquellas definidas por el TSE como una forma de prevenir contagios antes, durante y después de las elecciones.  Así, fueron presentados los protocolos sanitarios propios del estado y del Tresc, que guiaron la postura de los funcionarios electorales y de todos los votantes en el municipio.

Finalmente, el texto destaca las observaciones realizadas por observadores internacionales, que estuvieron presentes el día de las elecciones. Además de aportar observaciones sobre aspectos técnicos, también presentaron sus consideraciones sobre lo visto en cuanto a precauciones para la protección de los electores y otras personas involucradas en el proceso electoral, frente al Covid-19. A través del acuerdo de cooperación electoral firmado, fue posible traer observadores que dieran fe de la realización de las prácticas electorales, de acuerdo con los estándares del régimen democrático  internacional, y promover el mantenimiento de la integridad del proceso de selección en un momento crítico, por parte del organismo de administración electoral del estado.

[1] Schumpeter, J. El. (2017). Capitalismo, socialismo y democracia. Unesp.

[2] Bobbio, N. (1986). El futuro de la democracia. Paz y Tierra; Przeworski, A. (1994). Democracia y mercado. Relume-Dumará & Sartori, G. (1994). La teoría de la democracia revisitada. Ática.

[3] Przeworski, A. (1994).

[4] Moravicsik, A. (2004). ¿Existe un “déficit democrático” en la política mundial? El marco para Análisis. Gobierno Y Oposición, 39 (2), 336-363.

[5] Los stackeholders son las partes interesadas que, debe estar de acuerdo con las prácticas de gobernanza Adoptivo, en un proyecto determinado. Sano Ejemplos: Gobiernos, Medio Especializado y ONG.

[6] Pastor, R. A. (1999) El papel de la administración electoral en las transiciones democráticas: Implicaciones para la política y la investigación. Democratización, 6 (4), 1-27

[7] Ídem.

[8] Lopez-Pintor, R. (2000) Los organismos de gestión electoral como instituciones de gobierno. 2000.

[9] Schedler, A. (2001) La desconfianza engendra burocracia: la democratización y la regulación formal de la gobernabilidad electoral en México. Integridad Pública, 3 (2) 181-199.

[10] Ídem.

[11] http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/emendas/emc/emc107.htm

[12] https://bibliotecadigital.tse.jus.br/xmlui/handle/bdtse/7321

[13] Para saber más Acceso:  https://transparenciaelectoral.org/caoeste/elecciones-2020-analisis-de-contenido-del-plan-brasileno-de-seguridad-sanitaria/

[14] https://www.tse.jus.br/legislacao/compilada/res/2021/re

[15] http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/L4737.htm

[16] https://www.tre-sc.jus.br/legislacao/compilada/resolucao/2021/resolucao-n-8-029-de-14-de-abril-de-2021

[17] https://www.camara.leg.br/propostas-legislativas/2220292

[18] https://transparenciaeleitoral.com.br/

[19] https://transparenciaelectoral.org/caoeste/

[20] https://transparenciaelectoral.org/caoeste/informe-final-de-la-mision-petrolandia/

Paula Moreira

Doctora en Relaciones Internacionales, en el área de Política Internacional y Comparada, por la Universidad de Brasilia (UnB). Trabajó como investigadora en el Instituto de Investigaciones Económicas Aplicadas (Ipea) y como observadora, coordinadora y consultora en misiones de observación electoral de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Actualmente es coordinadora para Brasil en la Conferencia Americana de Organismos Electorales Subnacionales (CAOESTE), Transparencia Electoral Latinoamericana y consultora de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM/ONU).