Opinión

Un Consejo Electoral controlado por el oficialismo organizará las presidenciales de Venezuela de 2024

José Enrique Delgado
Licenciado en Comunicación Social. Coordinador Nacional de Comunicación y Medios de Súmate
(Venezuela). Integrante del Consejo de Expertos de Transparencia Electoral

El pasado 24 de agosto de este año 2023 la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela designó un nuevo directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), que es el undécimo desde que la función electoral
fue elevada en la Constitución de la República de 1999 a poder público nacional.

La renovación de los directivos del CNE ocurre a menos de un año de la realización de las elecciones
presidenciales, que de acuerdo a la legislación venezolana deben ser convocadas por este órgano electoral para finales del año 2024; sin embargo, todo indica que estos comicios podrían llevarse a más tardar en el primer semestre del próximo año, lo cual se desprende de la vocería de los máximos representantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), como son el presidente de la República, Nicolás Maduro y el diputado de la AN Diosdado Cabello.

Cabe la pregunta por qué el actual régimen político ordenó a los rectores del anterior directorio del CNE, principales y suplentes, pertenecientes al PSUV, renunciar a sus cargos, sin haber transcurrido la mitad de su período de siete años, ya que habían sido elegidos por la actual AN el pasado 05 de mayo de 2021, y que también condujo a la renuncia bajo presión de los dos rectores y la mayoría de los suplentes de la oposición.

Vale esta pregunta, porque a primera vista esta decisión no tiene explicación, ya que si el PSUV tenía el control de la directiva y de los tres organismos subordinados, como son la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento; por qué renovarla abruptamente.

Aparte de algunas conjeturas, la principal razón que podría dar con la respuesta es que el PSUV quiere reasegurar que el CNE se alinee incondicionalmente a la estrategia de la permanencia del actual mandatario nacional al frente del Ejecutivo Nacional, quien irá a la reelección por segunda vez en 2024, y ejerce este cargo desde abril de 2013 hasta la fecha.

A todas luces evitan con anticipación cualquier situación que se asemeje a lo ocurrido en la elección de la gobernación del estado Barinas en las regionales y municipales del 21 de noviembre de 2021. El actual mandatario nacional y demás integrantes de la directiva nacional del PSUV no les perdonaron a los rectores oficialistas del saliente directorio, entre otros pendientes, la pérdida de la gobernación de esta entidad federal, donde nació el líder de la revolución Hugo Chávez Frías. Se especula que los rectores oficialistas del anterior directorio se resistieron a cumplir la orden de desconocer los resultados y uramentar al gobernador en ejercicio en ese momento, que perdió la contienda del 21 de noviembre de 2021; obligando a los directivos nacionales del PSUV a tomar decisiones sobrevenidas, utilizando a la Contraloría General de la República y al Tribunal Supremo de Justicia, como la inhabilitación a posteriori del ganador y ordenar la repetición de los mismos el 09 de enero de 2022 en los que cometiendo una serie de abusos, irregularidades e ilegalidades, pero no lograron su objetivo, ya que volvieron a perder y en esta ocasión por abrumadora mayoría.

Volviendo a la elección del nuevo directorio del CNE, este nació con falla de origen, al igual que todos sus antecesores, ya que las 15 personas escogidas, 5 como rectores principales y 10 como suplentes (2 por cada rector), están vinculadas o son militantes de organizaciones con fines políticos, lo cual está prohibido en el texto constitucional (artículo 296) y en la Ley que rige al Poder Electoral (artículo 9, numeral 4).

Es oportuno recordar que en el diario de debates de los constituyentitas de 1999 se puede encontrar
que la razón fundamental por la cual aprobaron que los rectores del CNE fueran “personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos”, era porque deberían garantizar el ejercicio novísimo de la“ democracia participativa y protagónica” (preámbulo y artículo 70 de la Constitución), la cual hasta la fecha ha sido una quimera. Por ello fueron más allá de incluirlo como requisito de elegibilidad, al exigir que también en su desempeño todos los órganos del Poder Electoral se rigieran “por los principios de independencia orgánica, autonomía funcional y presupuestaria, despartidización de los organismos electorales, imparcialidad y participación ciudadana; descentralización de la administración electoral, transparencia y celeridad del acto de votación y escrutinios”, (artículo 294 de la Constitución).

Sin embargo, el origen y el desempeño de los integrantes del ente rector del Poder Electoral en Venezuela desde 1999 a 2023 han sido contrarios a lo concebido en el texto constitucional. En este sentido, lo que está a la vista no necesita explicación. Así tenemos que en esta ocasión ha sido insolente y grosera la intervención directa de quienes dirigen el PSUV, con el fin de tener el control seguro e incondicional del órgano electoral.

Es oportuno precisar que 3 de los actuales 5 rectores principales pertenecen al oficialismo, dos de ellos militantes activos del PSUV (Elvis Hidrobo Amoroso y Rosalba Gil) y el tercero (Carlos Quintero) proveniente del ámbito militar con más de 15 años en diferentes funciones dentro del órgano electoral y antes de este nombramiento se desempeñaba como rector suplente incorporado. Resalta el hecho que Elvis Hidrobo Amoroso, elegido como presidente del actual directorio, estaba al frente de la Contraloría General de la República, una de las tres ramas del Poder Ciudadano, que días atrás había inhabilitado a la candidata en la elección primaria presidencial de la oposición María Corina Machado, y hace algunos años a los candidatos en esta contienda interna Henrique Capriles y Freddy Superlano; a éste último lo inhabilitó luego de ganar la gobernación del estado Barinas en los comicios regionales y municipales de noviembre de 2021; sanción administrativa que les impide postularse a los cargos de elección popular, y más específicamente en la elección presidencial de 2024.

También en el proceso previo a la designación del actual directorio del CNE hubo una serie de irregularidades, entre ellas que el órgano seleccionador de los candidatos a rectores, denominado Comité de Postulaciones Electorales (CPE), fuera conformado de forma inconstitucional e ilegal, porque la mayoría de sus integrantes eran del PSUV, incumpliendo lo ordenado por la Constitución (artículo 295) que deben ser representantes de la diversidad y pluralidad del país.

Además, el CPE omitió y solapó actividades que tienen lapsos diferentes en la LOPE. Omitió la publicación del reglamento de funcionamiento interno y el baremo (método de evaluación de los postulados), y ejecutó diferentes actividades en 10 días continuos, luego del cierre del lapso de postulaciones de los candidatos por los tres sectores que deben integrar la directiva del CNE (Sociedad Civil, Facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de las Universidades Nacionales, y el Poder Ciudadano), que debía cumplirlas en unos 30 días continuos y que culminó con la aprobación y entrega de la lista final de los elegibles a rectores del CNE a la AN. Resalta que con ello evitó la presentación de objeciones de los candidatos que no cumplían con los requisitos de elegibilidad y los descargos de éstos, actividades que según la LOPE debía ejecutar de forma separadas en un lapso de 6 días continuos para cada una de ellas. En conclusión, un proceso que según la LOPE debe realizarse en unos 100 días continuos fue realizado en 70 días. La AN conformó la Comisión Preliminar del CPE el 15 de junio y designó a los rectores del CNE el 24 de agosto.

No conforme con estas irregularidades previas a la aprobación de la lista final de candidatos elegibles a rectores del CNE, la AN designó a 2 de los 5 rectores principales y 4 de los 10 suplentes por un sector diferente por el cual fueron postulados, con lo cual violó el procedimiento establecido en los artículos 296 de la Constitución y 24 al 26 de la LOPE. Así tenemos que el rector principal Carlos Quintero fue postulado por la sociedad civil y designado como representante del Poder Ciudadano, y la rectora Rosalba Gil fue postulada por el Poder Ciudadano y designada por la sociedad civil. Y los suplentes Aura Hernández y Gustavo Vizcaíno fueron postulados por el Poder Ciudadano y designada la primera por las universidades nacionales y el segundo por la sociedad civil; mientras que Imad Saab Saab y Fabio Zavarse fueron postulados por la sociedad civil y designados por el Poder Ciudadano.

Este proceso previo de selección de los candidatos a rectores del CNE se puede calificar como “un saludo a la bandera”, ya que no son escogidos y designados los mejores ciudadanos postulados que cumplen con el requisito de elegibilidad de no tener vinculación a organizaciones con fines políticos. Al final se imponen los acuerdos políticos, que culminan con la designación de los decididos por el PSUV, que siempre se queda con la mayoría de los rectores del CNE, y concede uno o dos de los principales y algunos de los suplentes a sectores de las fuerzas políticas opositoras.

El actual directorio del CNE tiene retos y desafíos importantes que están dentro de sus funciones y competencias constitucionales y legales que, a pesar de tener un origen inconstitucional e ilegal, algunas organizaciones y sectores políticos y sociales apuestan que en su desempeño se reivindique, lo cual luce muy ingenuo. No obstante, le corresponde asumir como parte de sus funciones la actualización de forma oportuna y eficiente el Registro Electoral, para permitir a unos 10 millones de venezolanos dentro y fuera del país inscribirse (más de 3 millones 500 mil) y actualizar sus datos (más de 6 millones) de nueva residencia y centro de votación; la organización y administración de las elecciones presidenciales en 2024, las de diputados a la Asamblea Nacional, gobernadores y legisladores estadales, alcaldes y concejales en 2025, conforme a los períodos constitucionales y legales establecidos; y la adecuación de la actual legislación electoral, para incluir asuntos omitidos, como la observación electoral nacional e internacional, y desincorporados por decisiones del TSJ en 2020 relacionadas con el sistema electoral para los cuerpos deliberantes y que condujo a la violación de la conformación constitucional de la actual AN.

El gran elector de los directorios del CNE ha sido el TSJ Este último directorio del CNE designado el pasado 24 de agosto de 2023 es el cuarto nombrado por la AN (abril de 2006, diciembre de 2009, mayo de 2021 y agosto de 2023), a la que le compete constitucionalmente ejercer esta facultad; ya que la mayoría de ellos ha sido designado por la Sala Constitucional del TSJ bajo el argumento de la “omisión legislativa” (agosto de 2003, enero de 2005, diciembre de 2014, diciembre de 2016 y junio de 2020); a excepción de los dos primeros que fueron electos por la Asamblea Nacional Constituyente (diciembre 1999) y la Comisión Legislativa Nacional (junio 2000).

La explicación por la cual el gran elector de los directorios del CNE es el TSJ, es porque cuando el PSUV no cuenta con la mayoría requerida constitucionalmente de las dos terceras partes de los integrantes en el parlamento nacional, acude a la instancia judicial bajo su control, cediéndole esta competencia exclusiva de la AN.

Además, así como en el actual directorio del CNE le fue impuesto como rector presidente a quien se desempeñaba como Contralor de la República; en el designado por el TSJ en junio de 2020, éste le colocó a dos de sus magistradas, una de ella estaba al frente de la Sala Electoral y pasó a conducir el órgano electoral; hechos que pueden ser considerados como una evidencia de que el Poder Electoral es tratado como la cenicienta de los poderes públicos nacionales.

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